30/07/2009
La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 2 y 3 numeral 8, de la Ley 316 Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, hace del conocimiento público, que las únicas instituciones financieras y bancarias autorizadas por esta institución supervisora, para captar depósitos del público son las siguientes:
- Banco de la Producción S.A - BANPRO
- Banco de Crédito Centroamericano,S.A- BANCENTRO
- Banco de America Central S.A - BAC
- Banco de Finanzas S.A - BDF
- Banco Citibank de Nicaragua S.A - CITIBANK
- Banco Procredit S.A - PROCREDIT
- Banco del Éxito S.A - BANEX
- Financiera Arrendadora Centroamericana S.A - FINARCA